Resultados
Resolución de 17 de noviembre de 2009
, de la Secretaría de General de Universidades, por la que se conceden subvenciones para la movilidad de estudiantes universitarios "Séneca" para el curso académico 2009-2010.
(Publicado en el BOE de 21-11-2009)
Información general
Ayudas para la movilidad de estudiantes.
Estas ayudas tienen por objeto apoyar la iniciativa SICUE (Sistema de Intercambio entre Centros Universitarios de España) e incrementar la diversidad y amplitud de la oferta educativa en la educación superior, facilitando que una parte de los estudios puedan seguirse en universidades distintas a aquella en la que el estudiante se ha matriculado, con reconocimiento inmediato en su expediente académico de los créditos cursados, consolidando así un sistema universitario español más permeable y comunicativo.
La convocatoria del curso 2008-2009 introdujo por primera vez un modelo de gestión similar al que ya se ha puesto en práctica en otras convocatorias de posgrado al actuar las universidades receptoras de estudiantes como entidades colaboradoras de conformidad en lo establecido en el articulo 16 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de forma que son las universidades quienes percibirán los importes de las ayudas de los beneficiarios y realizaran el pago a los mismo.
Convocatoria
ORDEN EDU/1796/2009, de 24 de junio
, por la que se convoca el programa de subvenciones para la movilidad de estudiantes universitarios Séneca para el curso académico 2009/2010.
(Publicado en el BOE 6-7-2009
)
Características de las ayudas
Número de ayudas
Para el curso académico 2009-2010 se convoca un máximo de 2.230 becas.
Dotación económica
Dotación mensual
Las becas tendrán una cuantía de 500 euros mensuales.
Gastos de desplazamiento
Se concederá una única ayuda de viaje:
- 120 euros para los estudiantes que se desplacen desde o a universidades situadas en comunidades autónomas peninsulares.
- 200 euros para los estudiantes que se desplacen desde o a universidades situadas en comunidades autónomas insulares, así como desde o a las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
Incompatibilidades
Estas becas serán incompatibles con otras de la misma finalidad y naturaleza obtenidas para el curso académico 2009-2010. Igualmente no podrá otorgarse una beca de esta convocatoria a beneficiarios de convocatorias anteriores.
Procedimiento de solicitud para los estudiantes
Solicitudes:
El impreso de solicitud (modelo normalizado Impreso A) se presentará exclusivamente en el Registro General de la Universidad de la cual sea alumno el solicitante. (Serán desestimadas las solicitudes que se presenten directamente por el estudiante a la Dirección General de Política Universitaria).
Los impresos podrán obtenerse en los Vicerrectorados de las Universidades y en el siguiente enlace: Impreso A. Solicitud de beca
Plazo
Permanecerá abierto diez días naturales contados desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en Boletín Oficial del Estado, del 7 al 16 de Julio ambos inclusive.
Documentación a presentar por los estudiantes
- Solicitud de ayuda de movilidad en el modelo de Impreso A (debidamente firmada por el solicitante y por duplicado).
- Fotocopia del DNI o Tarjeta de Identidad para los ciudadanos de países de la Unión Europea y Tarjeta de Residente o de residencia por estudios para los ciudadanos de otras nacionalidades.
Requisitos de los Estudiantes
Los estudiantes que quieran optar a las ayudas deberán acreditar en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes:
- Estar matriculado en una universidad pública española o una universidad privada que carezca de ánimo de lucro.
- Haber obtenido una plaza en la convocatoria SICUE para el curso académico 2009-2010 (la obtención de una plaza SICUE no conlleva la concesión automática de una beca Séneca)
- En los planes de estudios renovados (por créditos)
- Estudiantes de Diplomaturas, Ingenierías o Arquitecturas Técnicas tener un mínimo de 30 créditos superados y 30 créditos matriculados.
- Estudiantes de licenciaturas, Ingenierías o Arquitecturas tener un mínimo de 90 créditos superados y 30 créditos matriculados.
- En los planes de estudios no renovados (por asignaturas)
- Estudiantes de Diplomaturas, Ingenierías o Arquitecturas Técnicas tener superados como mínimo la mitad de las asignaturas del primer curso y estar matriculados en no menos de la mitad de asignaturas equivalentes a un curso académico.
- Estudiantes de licenciaturas, Ingenierías o Arquitecturas tener superados como mínimo el equivalente a 1 curso y medio y estar matriculados en no menos de la mitad de asignaturas equivalentes a un curso académico.
- Tener una nota media, obtenida según el baremo de 1 a 4 puntos, en su expediente académico de:
- 1,50 Para las titulaciones de Humanidades, Ciencias Sociales y Jurídicas, Ciencias Experimentales y Ciencias de la Salud
- 1,20 Para las titulaciones Técnicas
Cuando se trate de titulaciones de segundo ciclo en la nota media y en los créditos o asignaturas superadas se tendrán en cuenta los estudios de primer ciclo desde los que se accede a la nueva titulación.
- Que los créditos o materias para los que se soliciten ayudas formen parte del currículo obligatorio para completar sus estudios. En ningún caso podrán elegirse asignaturas o créditos calificados como suspenso con anterioridad en el centro de origen
- Las estancias incluidas los periodos de exámenes, deberán realizarse en una universidad diferente a la de origen y en un "campus" situado en distinta provincia y área metropolitana, suponiendo un cambio efectivo de residencia del alumno.
- Los periodos de estancia y los contenidos mínimos a cursar se ajustaran a lo siguiente:
- 4 meses para cursar el menos 18 créditos (planes renovados) o 3 asignaturas cuatrimestrales (planes no renovados)
- 9 meses para cursar un mínimo de 30 créditos (planes renovados) o 3 asignaturas anuales o 5 cuatrimestrales (planes no renovados)
- Para las universidades de destino que tengan estudios organizados en trimestres podrán solicitarse periodos de estancia de:
- 3 meses para cursar 15 créditos o 2 asignaturas trimestrales
- 6 meses para cursar 24 créditos o 4 asignaturas
- 9 meses para cursar 30 créditos o 3 asignaturas a anuales o 5 trimestrales
Duración de las estancias de movilidad
La vigencia máxima de la ayuda será de 9 meses y estará comprendida entre el 1 de octubre del 2009 y el 30 de junio del 2010 con independencia del periodo lectivo de las universidades.
Selección
El proceso de selección se llevará a cabo en régimen de concurrencia competitiva y tomando en cuenta exclusivamente la documentación aportada en la solicitud y en los documentos remitidos por las universidades.
La propuesta provisional de concesión se publicará en los tablones de anuncio y en la pagina web del Ministerio de Educación y se comunicará por correo electrónico a los beneficiarios. En el plazo de 10 días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de la propuesta provisional, los beneficiarios tendrán que comunicar por escrito la aceptación
o renuncia
de la beca tanto a la universidad de origen como al Ministerio de Educación, presentándose por medios telemáticos en la dirección electrónica o en el fax que se facilitará en la comunicación de la propuesta provisional.
Las renuncias o bajas que se produzcan sobre la propuesta provisional, dentro del plazo anteriormente señalado, serán cubiertas por los solicitantes en el orden establecido en la lista priorizada de candidatos suplentes elaborada por la Comisión de Selección. Aquellos beneficiarios incluidos en la propuesta provisional que no comunicaran la aceptación o renuncia de la beca en el plazo señalado se considerará que desisten de la misma y se dispondrá de ella para concederla a la lista de suplentes.
Con el objeto de que todas las subvenciones que causen baja o renuncia puedan ser adjudicadas a candidatos de la lista de suplentes, podrán efectuarse resoluciones de concesión posteriores de acuerdo con el orden establecido en la lista priorizada de candidatos suplentes elaborada por la Comisión de Selección, para lo que se solicitará la aceptación o denegación en un plazo idéntico al indicado con anterioridad (10 días naturales)
Obligaciones de los Beneficiarios
- Incorporarse en el centro de destino de la plaza de movilidad SICUE para la que se concede la beca seneca, en un plazo no superior a 15 días de la fecha de inicio prevista. La no incorporación en el plazo señalado se entenderá como RENUNCIA y se procederá a dar la baja.
- Residir en la localidad del centro de destino o en el entorno próximo durante la totalidad del periodo de estancia concedida. Este requisito quedará en suspenso durante los periodos no lectivos.
- Asistir a todas las actividades lectivas así como presentarse a las pruebas y exámenes que corresponderán a la programación académica de la estancia concedida y superar, al menos, el cincuenta por ciento de los créditos mínimos necesarios para la obtención de la beca.
- Acreditar que en el momento de la incorporación tienen superados:
- Estudiantes de diplomaturas, ingenierías o arquitecturas técnicas al menos 60 créditos (planes renovados) o el equivalente a un curso completo (planes no renovados).
- Estudiantes de licenciaturas, ingenierías o arquitecturas al menos 120 créditos (planes renovados) o el equivalente a 2 cursos académicos (planes no renovados).
- Los retrasos en la incorporación o las ausencias temporales requerirán autorización previa del representante legal de la universidad de destino que deberá comunicar esta circunstancia a la Dirección General de Política Universitaria en el plazo de 10 días.
- Remitir, dentro de los 2 meses siguientes a la finalización de la estancia, una memoria final de las actividades realizadas durante el disfrute de la beca, este informe contará con el visto bueno del coordinador del centro en la universidad de destino y del vicerrector responsable del programa e incluirá la acreditación del cumplimiento de la obligación reseñada en el punto de 3 y los resultados académicos obtenidos.
Incumplimientos
El incumplimiento total o parcial de los requisitos y obligaciones establecidas dará lugar a la apertura de un expediente de incumplimiento cuya resolución, previa audiencia del interesado, podrá dar lugar a la revocación de la beca y la obligación de reintegrar la cuantía que se establezca en función de los criterios aplicables y los intereses de demora correspondientes.
Impresos y documentación
Impreso de solicitud: Impreso A. Solicitud de beca 
Cuaderno de Becario 2009
Para aquellas universidades que no puedan utilizar la aplicación instalada en la dirección electrónica preparada para la grabación y remisión de las solicitudes "Seneca", hemos puesto a su disposición un enlace de descarga de una BASE DE DATOS ACCESS junto con las instrucciones para su cumplimentación.
Legislación relacionada con la ayuda
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en su versión dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero).
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE de 18 de noviembre).
- Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria (BOE de 27 de noviembre).
- Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas (BOE de 30 de diciembre), en cuanto no se oponga a la Ley 38/2003.
- Orden de ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva (BOE de 12 de mayo).
- Real Decreto 1553/2004, de 24 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Ciencia (BOE de 26 de junio).
- ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia (BOE de 28 de enero).
- Las demás normas vigentes que sean de aplicación.
Consultas frecuentes
- ¿Qué se necesita para poder participar en el Programa de Becas Séneca?
- Para poder participar en el Programa de Becas Séneca es imprescindible haber obtenido una PLAZA SICUE en la Convocatoria SICUE convocada por la Universidad en la que se encuentre matriculado el alumno
- ¿Qué es una plaza SICUE?
- Una plaza SICUE es una plaza de movilidad que permite al alumno de una Universidad poder realizar estudios de su titulación en una Universidad distinta a aquella en la que se encuentra matriculado, con reconocimiento inmediato en su expediente académico de los créditos cursados.
- ¿La obtención de una plaza SICUE asegura la concesión de una beca Séneca?
- No, la obtención de una plaza SICUE permite participar en el Programa de becas Séneca, pero no asegura la obtención de la ayuda.
- ¿Una vez concedida una beca Séneca se pueden reducir los meses de la Plaza concedida?
- Los meses de la plaza concedida son de obligado cumplimiento. Solo se podrán reducir o modificar la duración de la plaza previa solicitud por escrito del becario acompañada de informe del Vicerrector responsable del programa SICUE/SENECA de la Universidad de Origen justificando la reducción e Informe del Vicerrector responsable de la Universidad de Destino aceptando dicha reducción.
- ¿Una vez concedida una beca Séneca se pueden cambiar las fechas de incorporación a la Universidad de destino?
- La fecha de inicio y de fin de la beca séneca es de obligado cumplimiento. Solo se podrán modificar previa solicitud por escrito del becario acompañada de informe del Vicerrector responsable del programa SICUE/SÉNECA de la Universidad de Origen justificando el cambio e Informe del Vicerrector responsable de la Universidad de Destino aceptando dicho cambio
- ¿Qué tengo que hacer si quiero renunciar a la beca Séneca?
- En el plazo de 10 días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de la propuesta provisional, los beneficiarios tendrán que comunicar por escrito la aceptación o renuncia de la beca tanto a la universidad de origen como al Ministerio de Educación, presentándose por medios telemáticos en la dirección electrónica o en el fax que se facilitará en la comunicación de la propuesta provisional.
- ¿Qué pasará con las renuncias o bajas que se produzcan?
- Las renuncias o bajas que se produzcan sobre la propuesta provisional dentro del plazo anteriormente señalado serán cubiertas por los solicitantes en el orden establecido en la lista priorizada de candidatos suplentes elaborada por la Comisión de Selección. Aquellos beneficiarios incluidos en la propuesta provisional que no comunicaran la aceptación o renuncia de la beca en el plazo señalado se considerará que desisten de la misma y se dispondrá de ella para concederla a la lista de suplentes.
Con el objeto de que todas las subvenciones que causen baja o renuncia puedan ser adjudicadas a candidatos de la lista de suplentes, podrán efectuarse resoluciones de concesión posteriores de acuerdo con el orden establecido en la lista priorizada de candidatos suplentes elaborada por la Comisión de Selección, para lo que se solicitará la aceptación o denegación en un plazo idéntico al indicado con anterioridad (10 días naturales).
- ¿Qué tengo que hacer si la renuncia es posterior a la incorporación del becario en la Universidad de destino?
- Si la renuncia es posterior a la incorporación del becario en la Universidad de destino se tiene que cumplimentar el Impreso nº 7 de Renuncia del Cuaderno de Becario Séneca 2009, especificando los motivos de la renuncia, firmado por el becario y con el Vº Bº del Coordinador responsable del Centro, Escuela o Facultad de Destino. Si los motivos de la renuncia son de causa mayor tendrán que ser justificados documentalmente, de esta manera no se tendrá que devolver el importe abonado de la beca. Si no hay justificación documental se tendrá que devolver el importe abonado
- ¿Cómo se cobran las becas Séneca?
- La convocatoria del curso 2008-2009 introdujo por primera vez un modelo de gestión similar al que ya se ha puesto en práctica en otras convocatorias de posgrado al actuar las universidades receptoras de estudiantes como entidades colaboradoras, por lo que el pago de las becas séneca será realizado este curso por las Universidades de destino una vez que se hayan presentado los documentos de alta correspondientes al Cuaderno de Becario Séneca 2009.
- ¿Qué pasa si no me he incorporado entre el día 1 y el día 15 del primer mes de la plaza concedida?
- Al igual que en años anteriores, los becarios deberán incorporarse entre el día 1 y el 15 del mes de su fecha de inicio del curso académico, por ejemplo, si la beca Seneca le fue concedida por una plaza de 9 meses, siendo el periodo lectivo del 1-Oct-2009 al 30-Jun-2010 y el curso comienza el 2 de Octubre, debería incorporarse entre el día 1 y el 15 del mes de Octubre, para que se le abone la dotación económica correspondiente a ese mes, igualmente deberá finalizar su estancia después del día 15 del último mes de la plaza concedida, para tener derecho al abono de la mensualidad completa.
- ¿La nota media que me conceden en la plaza SICUE será la nota media que se tenga en cuenta para las becas "Séneca"?
- No, la nota media SICUE es independiente de la nota media "Séneca". Ésta la proporciona la Universidad teniendo en cuanta el expediente académico del estudiante a efectos de septiembre de 2008.
Contacto
Dirección General de Política Universitaria.
Subdirección General de Becas y Ayudas al Estudio y de Movilidad para el Perfeccionamiento Profesional
Sección Becas Séneca
C/ Albacete, 5. 1ª Planta, Ala Este.
28071 - Madrid.
Dirección electrónica: becas.seneca@educacion.es
Convocatorias anteriores