Las solicitudes se cumplimentarán en los impresos que están disponibles en el apartado de "Impresos y Grabación de solicitudes" en esta página web y se presentaran en las universidades en las que vaya a realizar la estancia el profesor visitante.
El plazo de presentación de solicitudes será de QUINCE días naturales a partir del siguiente a la públicación de la convocatoria en el BOE.
Las solicitudes se presentarán acompañadas de los siguientes documentos:
Esta documentación no será enviada a la Dirección General de Política Universitaria, quedará en la universidad donde el profesor ha solicitado la subvención.
El plazo de presentación para que los coordinadores presenten la solicitudes junto con la documentación señalada será de quince días naturales contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de los profesores visitantes a las universidades.
Los documentos físicos que deberán presentarse en Correos o en un registro oficial son los siguientes:
Los coordinadores de los másteres receptores de solicitudes, deberán cumplimentar el formulario que estará disponible en la dirección electrónica del aparatado de esta Pág. web "Impresos y Grabación de Solicitudes", una vez confirmado el envío telemático del mismo deberá imprimir y presentar la solicitud en el Ministerio de Educación, junto con la documentación anteriormente señalada . Se presentarán directamente en el Registro de la Dirección General de Política Universitaria, C/ Albacete-5-1-Este, o por cualquiera de los procedimientos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, modificada por la Ley 4/1999, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo será de 15 días naturales contados a partir del siguiente al de finalización de plazo que han tenido los profesores para solicitar la ayuda.
Si tienen alguna duda o problema técnico deberá contactar con la DGPU a través de la dirección electrónica: movilidad.master@educacion.es 
Tenga en cuenta que la cumplimentación de su solicitud en la aplicación web no implica la presentación oficial de la solicitud. Sólo será oficial cuando el impreso de solicitud que genera la aplicación web sea recibido físicamente en plazo en el Registro de la Dirección General de Política Universitaria, o por cualquiera de los procedimientos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley4/1999 , de Regimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A estos efectos los registros de las universidades no tendrán validez en cuanto al cumplimiento de los plazos de la convocatoria. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas antes de su certificación.
Si la documentación aportada por el coordinador del máster fuera incompleta o no reuniera los requisitos exigidos en esta resolución, se le requrirá que en el plazo de 10 días naturales complete la documentación o subsane las deficiencias. El escrito será enviado por medios telemáticos de conformidad con el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su versión dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y lo dispuesto en los artículos 12 y 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La Dirección General de Política Universitaria, terminados los plazos de presentación de solicitudes requerirá de oficio al vicerrectorado de cada universidad competente en las enseñanzas de máster, la conformidad de las solicitudes recibidas.