Ministerio de Educación - Gobierno de España
La Presidencia Española en la Unión Europea

Suplemento europeo al Título

El Real Decreto 1044/2003, de 1 de agosto , tiene por objeto establecer las condiciones y el procedimiento por el que las universidades españolas podrán expedir el Suplemento Europeo al Título, con el fin de que los actuales universitarios españoles puedan beneficiarse al terminar sus estudios de las ventajas que comporta, para su movilidad cadémica y profesional, en otras universidades y otros paises europeos el que sus titulos vayan acompañados de un documento de información sobre el nivel y contenido de las enseñanzas que hayan cursado en una universidad española

Con el objeto de facilitar a las universidades la expedición del Suplemento Europeo a los títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional cuyas enseñanzas tengan implantadas, la Secretaría General del Consejo de Coordinación Universitaria pone a disposición de las universidades este "Modelo de Suplemento Europeo", de conformidad con los modelos que se incluyen como anexos en el citado real decreto.

Europass

El Centro Nacional Europass y la Secretaría General del Consejo de Coordinación Universitaria trabajan actualmente en el Suplemento de Diploma Electrónico (Decisión Nº 2241/2004/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 2004, relativa a un marco comunitario único para la trasparencia de las cualificaciones y competencias).

Principales campos de estudio de la titulación (epígrafe 2.2.) y cualificación profesional (epígrafe 5.2.)

Criterios para cumplimentar el modelo del Suplemento Europeo al Título

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