El Real Decreto 1044/2003, de 1 de agosto
, tiene por objeto establecer las condiciones y el procedimiento por el que las universidades españolas podrán expedir el Suplemento Europeo al Título, con el fin de que los actuales universitarios españoles puedan beneficiarse al terminar sus estudios de las ventajas que comporta, para su movilidad cadémica y profesional, en otras universidades y otros paises europeos el que sus titulos vayan acompañados de un documento de información sobre el nivel y contenido de las enseñanzas que hayan cursado en una universidad española
Con el objeto de facilitar a las universidades la expedición del Suplemento Europeo a los títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional cuyas enseñanzas tengan implantadas, la Secretaría General del Consejo de Coordinación Universitaria pone a disposición de las universidades este "Modelo de Suplemento Europeo", de conformidad con los modelos que se incluyen como anexos en el citado real decreto.






Principales campos de estudio de la titulación (epígrafe 2.2.) y cualificación profesional (epígrafe 5.2.)
Criterios para cumplimentar el modelo del Suplemento Europeo al Título